Venezolanos en el exterior no podrán firmar en primera etapa para activar el Revocatorio

Venezolanos en el exterior no podrán firmar en primera etapa para activar el Revocatorio

FOTO EFE
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Los venezolanos residenciados en el extranjero e inscritos en el Registro Electoral no podrán participar en la recolección de firmas que se adelanta para lograr el apoyo de al menos 1% de los electores que avalen la constitución de una agrupación de ciudadanos que solicite el referendo revocatorio presidencial en contra del presidente Nicolás Maduro.

Aunque los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) incluyen a los 101.405 venezolanos inscritos para votar en el extranjero en el total de electores que integran el Registro Electoral (RE) para realizar el cálculo del 1% mínimo que se debe consignar (197.405 firmas como mínimo) fuera de Venezuela no se podrá realizar la recolección de rúbricas en esta etapa.

Por Eugenio Martínez / Diario Las Américas





Según la interpretación que realiza el CNE de la resolución nº 070906-2770 publicada el 18 de diciembre de 2007 en la Gaceta Electoral No 405 después de firmar la planilla avalando la conformación de una agrupación de ciudadanos, esta firma debe ser validada mediante el procedimiento de autenticación de la huella dactilar del ciudadano.

Esta validación solo se podrá realizar en puntos específicos habilitados por el organismo comicial en los cuales se utilizarán sus equipos de autenticación biométrica (captahuellas). No obstante, la ubicación y horario de funcionamiento de estos puntos aún no ha sido definida por el CNE, según la norma debe establecerse un punto de autenticación para 1.000 electores.

Ante la escasa posibilidad que el organismo comicial autorice a las embajadas de Venezuela a emplear su plataforma biométrica para una autenticación posterior de las rúbricas en el extranjero, la oposición desestimó la posibilidad de extender la primera jornada de recolección de firmas fuera de las fronteras del país.

Según la norma del CNE los electores que no autentiquen su huella no serán considerados como firmantes activos para la conformación de una agrupación de ciudadanos.

Recolección de 20% en duda

Una vez recogidas las firmas equivalente a 1% de los electores inscritos en el RE (al menos 1% en cada estado para que el proceso sea válido) los ciudadanos deben acudir durante cinco días continuos a los puntos habilitados por el organismo comicial a validar sus huellas.

Si el CNE certifica que en este proceso participaron al menos 197.978 ciudadanos la agrupación de ciudadanos se considerará constituida y podrá solicitar la recolección de firmas equivalentes al 20% de los electores inscritos en el RE, el único requisito previsto en el artículo 72 de la Constitución Nacional para activar una consulta popular de mandato contra funcionarios de elección popular.